ESTRUCTURA DEL RÉGIMEN 

 

 

LAS ESTRUCTURAS JERÁRQUICAS 

Y ADMINISTRATIVAS DEL RÉGIMEN

 

Desde su misma constitución, el Régimen tomó, según adaptaciones decididas primero en el Convento de las Galias y después en el de Wilhelmsbad, la división administrativa que la Estricta Observancia había reconstituido y que era la de la antigua Orden del Temple. Según esta división, el territorio francés estaba repartido en tres Provincias: la IIª Provincia, Auvernia, con la ciudad de Lyon como cabeza de partido; la IIIª Provincia, Occitania, cabeza de partido Burdeos, y la Vª Provincia, Borgoña, cabeza de partido Estrasburgo.

Desde su reconstitución en 1935, el Gran Priorato de las Galias se ha considerado histórica y espiritualmente, como sucesor de la Provincia de Auvernia de la que tiene las armas y la divisa. En el mismo espíritu, detenta los derechos de la Provincia de Occitania. Es en el año 1935, que el Gran Priorato Independiente de Helvetia, otorga carta patente al Gran Priorato de las Galias, estableciéndolo así en todos sus derechos y prerrogativas.

En el siglo XVIII, coexistía una doble jerarquía, dirigida por los mismos dignatarios pero bajo denominaciones distintas, con el fin de evitar toda confusión entra la clase simbólica u Orden masónica y la Orden Caballeresca. Esta distinción fundamental subsiste todavía.

Hasta el año 1958, el Gran Priorato de las Galias dirigía la Orden interior, mientras que una Gran Logia Escocesa Rectificada, trabajando bajo los auspicios del Régimen Escocés Rectificado, confería los cuatro grados masónicos en las Logias de San Juan y San Andrés.

Por un acuerdo de fecha 7 de julio de 1958, el Gran Priorato de las Galias decidió la disolución de la Gran Logia Rectificada y entregó la gestión de los tres primeros grados a la Gran Logia Nacional Francesa, bajo cuya autoridad puso sus Logias de San Juan, mediante el compromiso de las partes signatarias que la práctica de éstos grados se haría conforme al Código masónico de las Logias reunidas y rectificadas de 1778, cuya validez se veía así oficializada (Artículo 1º del acuerdo).

Toda esta operación fue ciertamente facilitada por el hecho que la restauración de la regularidad masónica en Francia se había producido gracias a la obra de una Logia rectificada, el Centre des Amis nº 1, que fue el origen de la fundación, en 1913, de la Gran Logia Nacional, Independiente y Regular para Francia y las colonias francesas, que pasó a ser en 1948 la Gran Logia Nacional Francesa.

En cuanto a las Logias de San Andrés, separadas de las Logias de San Juan a las que habían estado hasta entonces íntimamente unidas ­ lo que indudablemente representa un perjuicio a la coherencia interna de la clase simbólica ­ fueron puestas bajo la autoridad de un Directorio Escocés (Artículo 4º del mismo acuerdo).

Ésta es la organización que subsiste actualmente.

El Gran Priorato de las Galias ­ Ordenes Unidas esta puesto bajo el gobierno supremo de un Gran Maestro Nacional que dirige la Orden asistido por un Consejo Nacional compuesto de Grandes Dignatarios.

Un Gran Capítulo, compuesto como máximo por 27 Caballeros Grandes Capitulares, constituye el órgano deliberante y se reúne al menos una vez al año. El Gran Maestro es igualmente asistido en su tarea por los Visitadores Generales. Por otra parte, un Rey de Armas supervisa ­ asistido por un colegio de Heraldos y Persevantes de Armas, el Armorial del Gran Priorato. Los asuntos administrativos y financieros son regulados, bajo la autoridad del Gran Maestro, por un Gran Canciller y sus Grandes Cancilleres adjuntos.

La dirección de la Orden masónica ­ reducida como anteriormente se ha dicho a las Logias de Maestros Escoceses de San Andrés ­ le corresponde, por delegación del Gran Maestro Nacional, a un Diputado Maestro General, el cual preside en las mismas condiciones el Directorio Nacional de las Logias Escocesas Reunidas y Rectificadas, que es el órgano deliberante y que se reúne al menos una vez al año. El Diputado Maestro General es asistido por un Visitador General de las Logias Escocesas y por un colegio de Grandes Oficiales.

El territorio nacional es dividido, por lo que respecta a la Orden interior, en Prefecturas y Encomiendas, y en lo tocante a la Orden masónica, en Directorios Provinciales, coincidiendo sus competencias territoriales.

La Prefectura está dirigida por un Prefecto y por un Capítulo prefectoral, que reúne a los C.B.C.S. y los Escuderos novicios del territorio. La Prefectura reagrupa a varias Encomiendas que reúnen, a su vez, a los C.B.C.S. y sus Escuderos novicios.

El Directorio Escocés Provincial, dirigido por un Diputado Maestro Provincial, vela por la buena ejecución de los trabajos de las Logias Escocesas de su zona bajo las directrices del Directorio Nacional.

Conviene añadir que el Gran Priorato de Inglaterra y Gales ha transmitido al Gran Priorato de las Galias, en septiembre de 1992, el grado masónico de Caballero de San Juan, Palestina, Rodas y Malta ­ abreviado: Caballero de Malta. En virtud de lo cual, el Gran Priorato de las Galias ha constituido un Gran Priorato de Malta, reagrupando actualmente seis Prioratos de Malta, en el seno de los cuales éste grado de Caballero es conferido a los C.B.C.S. como un complemento de la espiritualidad caballeresca cristiana.

El 5 de febrero del 2000, y como complemento de este Gran Priorato de Malta, el Gran Priorato de Escocia representado por su Gran Maestro, ha consagrado una Preceptoría de Caballeros del Temple y entregado una Patente para la práctica de la Orden del Temple ("Knights Templar"), al Gran Priorato de las Galias.

Es todavía vigente una deliberación del Directorio Escocés de Auvernia, de fecha 25 de abril de 1777, en que autorizaba la comunicación "de los altos grados en uso en las Logias antes de la reforma" (se refería a la reforma de Lyon, es decir, la rectificación) que refrendaba los grados llamados a constituir algunos años más tarde las cuatro ordenes del Rito Francés ­ con exclusión de los "grados de venganza", expresamente prohibidos por el Código masónico de las Logias reunidas y rectificadas, siendo el punto culminante de ésta comunicación la de cuarto Orden francés o Soberano Príncipe Rosacruz.

Por todo ello y en virtud de dicha deliberación, el Gran Priorato de las Galias, que tiene por vocación proseguir la obra de nuestros fundadores, ha decidido practicar los Altos Grados de la Masonería Francesa.

En el año 1995 el Gran Priorato de las Galias recibió una Patente de Holanda, único país en el mundo que practica regularmente estos Altos Grados.

Esta transmisión condujo lógicamente a la creación en 1997 del Gran Capítulo General de los Altos Grados del Rito Francés con el fin de transmitir a los Hermanos Rectificados las Ordenes Francesas en acuerdo con el Capítulo Xº del Código Masónico de las Logias Escocesas Reunidas y Rectificadas de 1778.

En consecuencia, el Gran Priorato de las Galias ha añadido a su denominación el subtítulo ORDENES UNIDAS que comprende actualmente:

Con lo cual la titularidad del Gran Maestro pasa a ser: Gran Maestro Nacional .